Responsabilidades de la División:
Es el deber de la División de Arrestos hacer cumplir las leyes estatales, trabajar próxima a la acción policial a través del estado y en los dos Tribunales judiciales del Distrito Electoral # 5 relacionados con el arresto, esclarecimiento y disposición de todas las órdenes emitidas por ellos. Para hacer cumplir las órdenes de arresto como medida de apremio emitidas por el tribunal de familia por cargos de desacato correspondientes a la violación de la manutención infantil y para asistir a todos los otros tribunales con respecto al servicio de arrestos dentro del Distrito Electoral # 5.
Las responsabilidades de nuestro plantel administrativo incluyen el asesoramiento del público en general, el ingreso de la información en la computadora de todas las órdenes recibidas desde los tribunales, el envío de las notificaciones de arresto por correo a los acusados y la recopilación de información estadística con respecto a las órdenes.
Preguntas frecuentes:
¿Qué debo hacer si recibo a alguien en mi puerta que afirma tener una orden de arresto para mí?
Comuníquese telefónicamente con el oficial mencionado en la misma para recibir instrucciones sobre cómo esclarecer el asunto del/los arresto(s).
¿Qué debo hacer si recibo una carta en la cual se me informa que tengo una orden de arresto?
Comuníquese con la División de Arrestos al 281-492-3575 para obtener información adicional sobre el procedimiento a seguir para resolver el problema que generó su(s) orden(es).
¿A quién puedo recurrir si creo que hay órdenes de arresto para mí en el Distrito Electoral # 5 del Condado de Harris?
Comuníquese al 281-492-3575. Cualquiera de nuestros secretarios podrá asistirlo y revisar en el sistema informático del Condado de Harris para determinar si existe alguna orden pendiente y cómo esclarecerlas.